El máximo tribunal provincial desestimó el recurso de casación presentado por la defensa del ex oficial Gastón Iván Delfino, condenado por homicidio culposo tras la muerte de Diego Emanuel Barreto durante un procedimiento policial en 2020. Los jueces consideraron que la pena impuesta Por el Juez Azcona de tres años y dos meses de prisión efectiva fue justa y proporcional, y ratificaron el rechazo al pedido de prisión domiciliaria.
Durante el juicio por jurados, el jurado popular declaró culpable a Delfino por homicidio culposo. A partir de ese veredicto, el juez Azcona tuvo la responsabilidad de individualizar la pena, una tarea que implica traducir la culpabilidad en una sanción justa, proporcional y fundada.
La defensa había cuestionado que se hubiera valorado dos veces las mismas circunstancias agravantes y que se negara la prisión domiciliaria, teniendo en cuenta que el condenado tiene tres hijos menores. Pero el STJ consideró que no hubo arbitrariedad ni violación de garantías, y que la pena impuesta responde a los hechos probados y a la gravedad del resultado.
En su sentencia, Azcona aplicó la teoría de los ámbitos en juego (Spielraumtheorie), una metodología que permite ubicar el caso dentro de una escala de gravedad, considerando gravedad del hecho tomando en consideración tanto los daños causados como el deber de cuidado que tenía el imputado como agente del Estado.
El caso marca un precedente en la provincia sobre cómo deben resolverse estos casos en el sistema de juicio por jurados, donde el juez técnico no declara la culpabilidad, pero define el tono de la Justicia.
El fallo deja firme un mensaje: el uso excesivo de la fuerza por parte de agentes del Estado tiene consecuencias, y la justicia penal tiene herramientas para responder con seriedad, sin recurrir ni a la condena ejemplar ni a la impunidad.
Sin hablarse de violencia institucional en el fallo, quedó escrito en la letra chica que cuando un policía mata por exceso de fuerza, el sistema le pone nombre —y límites— al abuso de autoridad.
Sin lugar a prisión domiciliaria
El Tribunal también ratificó el rechazo del pedido de prisión domiciliaria esgrimido por el Juez Azcona, argumentando que no se daban los requisitos previstos en la ley.
Si bien la defensa invocó la presencia de tres hijos menores —uno de ellos con síndrome de Asperger—, los jueces entendieron que la familia contaba con un entorno estable y contención suficiente, y que la presencia de Delfino en el hogar no era esencial ni beneficiosa.
Repercusiones
En su momento el desde el Comité De La Tortura manifestaban que algo bueno del fallo era que la pena una vez firme se tendría que cumplir dentro del alojamiento del Servicio Penitenciario Provincial, a los efectos de evitar dudas que pudieran surgir por su condición de ex policía
Desde órganos de derechos Humanos de Nación se vio justa decisión que una vez firme sería publicado dicho fallo como justo a derecho aclarando que desde una querella siempre se reclama más pero no podían negar los fundamentos del Juez
Esta decisión del máximo Orden Judicial del Chaco y el desempeño de todo el poder judicial, de Un Juez Técnico como de Fiscales y Defensores Oficiales que oficiaron ante las últimas instancias legales dan un pequeño suspiro al duelo de una madre que no solo sufrió la pérdida de un hijo si no que tuvo que pasar por la difamación que realizaran familiares del CONDENADO HOMICIDA en diferentes medios
Difamaciones que fueron tan humillantes como manifestar que… “recibió una casa del gobierno a cambio de la muerte de su hijo”. Manifestaciones realizadas por Fiorella Delfino, estudiante de Abogacía, hermana del policía Gastón Iván Delfino en radio (Alerta Urbana 12 de junio de 2024).

Para mal de familiares que injuriaron, se informó que ni la Madre de Barreto ni la pareja madre de su hijo iniciaron acciones judiciales contra el Estado Provincial para resarcimiento económico como movil para el juicio
Ni querella contra los familiares que injuriaron, no fue la misma actitud del Condenado que tramitó una jubilación que por artilugios legales que accedió a una jubilación por demoras judiciales, de otros hechos violentos cometidos por este CONDENADO