El conflicto salarial dentro del Poder Judicial vuelve a poner al Estado provincial frente a una discusión de alto impacto. La Intergremial Judicial cuestiona el Proyecto 2141/26 y advierte sobre una posible ruptura del sistema de porcentualidad. En el centro de la controversia aparece además la causa “Alonso de Martina” y el antecedente de la Acordada 858/91, cuyo conflicto terminó generando durante años un millonario pasivo para la Provincia.
Hay conflictos que nacen de una discusión salarial y terminan convirtiéndose en problemas institucionales. El Chaco ya conoce esa historia.
La Acordada 858/91 del Superior Tribunal de Justicia generó durante décadas una cadena de reclamos judiciales por diferencias salariales. El pasivo llegó a tal magnitud que la Provincia debió declarar una emergencia específica, consolidar las obligaciones y establecer un mecanismo de pago que podía extenderse hasta diez años. La propia Corte Suprema reconstruyó ese proceso en sus antecedentes recientes.
Ahora, 35 años después, el Poder Judicial vuelve a quedar en el centro de una disputa salarial que amenaza con profundizar la fractura interna del sistema.
La Intergremial Judicial del Chaco convocó a un paro con retiro y concentración para el jueves 24 de septiembre y a una jornada de paro sin asistencia para el viernes 25. El reclamo tiene como uno de sus ejes el Proyecto de Ley 2141/26, impulsado por el Ejecutivo y actualmente en tratamiento legislativo.
Los gremios sostienen que la iniciativa modifica el esquema de remuneraciones establecido por la Ley 468-A, conocida como régimen de porcentualidad, y cuestionan particularmente la creación de un concepto de “intangibilidad” para magistrados. Según la posición gremial, el cambio podría producir un desenganche respecto del resto de los trabajadores judiciales.
Pero la discusión tiene otra arista mucho más delicada.
Cuando quienes deciden también aparecen alcanzados por la discusión
La Intergremial pidió a la Cámara de Diputados el rechazo y archivo del proyecto y reclamó además una intervención legislativa sobre las actuaciones vinculadas con la causa “Alonso de Martina”.
Según el planteo gremial, determinadas sentencias complementarias y audiencias dictadas en ese expediente estarían relacionadas con la creación de un adicional por intangibilidad para jueces y funcionarios.
Se trata de una acusación formulada por los sindicatos y deberá ser analizada por las autoridades competentes. Precisamente por eso, la pregunta institucional resulta inevitable:
¿qué controles deben existir cuando una decisión judicial puede tener consecuencias directas sobre el esquema remunerativo de quienes integran el propio Poder Judicial?
La discusión no puede reducirse a una pelea entre jueces y empleados. Tampoco puede resolverse únicamente con una ley que modifique unilateralmente un sistema salarial construido durante años.
Lo que está en juego es algo más grande: la transparencia, la imparcialidad y la sustentabilidad financiera de las decisiones que terminan comprometiendo recursos públicos.
El fantasma de la 858/91 vuelve a aparecer
La comparación con 1991 no es menor.
Aquel conflicto terminó atravesando gobiernos, tribunales y legislaturas. La Provincia llegó a reconocer un pasivo cercano a los $2.000 millones de aquel momento derivado de los reclamos vinculados con la Acordada 858/91, según antecedentes judiciales de la época.
En 2015/2016 el problema obligó a establecer un régimen de emergencia específico para esas sentencias y posteriormente se instrumentaron mecanismos financieros para afrontar las obligaciones.
Es decir, una controversia salarial interna del Poder Judicial terminó convirtiéndose en una cuestión que alcanzó las cuentas de todos los chaqueños.
Por eso el debate actual merece algo más que consignas gremiales, cruces políticos o declaraciones de ocasión.
La pregunta que nadie debería esquivar
Si existe un derecho salarial legítimo, deberá ser reconocido conforme a la Constitución y las leyes.
Si existe un proyecto legislativo que vulnera derechos adquiridos, deberá ser discutido y eventualmente corregido por la Legislatura.
Pero si existen funcionarios o magistrados que intervienen en decisiones capaces de beneficiar económicamente al propio sector al que pertenecen, la sociedad tiene derecho a exigir que esos procedimientos sean examinados con máxima transparencia y bajo reglas que garanticen imparcialidad.
Y si el resultado de una disputa termina generando nuevamente una deuda millonaria para la Provincia, también habrá que explicar quién la originó, bajo qué fundamento, quiénes serán los beneficiarios y cuánto terminará pagando el Estado.
Porque el antecedente existe.
La Acordada 858/91 demuestra que una decisión salarial puede sobrevivir décadas y terminar transformándose en deuda pública.
Hoy el Chaco vuelve a estar frente a una discusión que enfrenta a trabajadores judiciales, magistrados, Ejecutivo y Legislativo.
La diferencia es que esta vez la sociedad ya conoce el costo de mirar para otro lado.
El problema no es que existan reclamos. El problema comienza cuando nadie explica cuánto puede terminar costando a la Provincia es decir a todo ciudadano Chaqueño.